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Justicia peruana dicta prisión preventiva de 18 meses para Pedro Castillo

Justicia peruana dicta prisión preventiva de 18 meses para Pedro Castillo

La Justicia de Perú aprobó este jueves la solicitud de prisión preventiva en contra del destituido mandatario Pedro Castillo, investigado por el delito de rebelión, por un lapso de 18 meses.

De esta manera, la Justicia avaló la petición que hizo el Ministerio Público, al considerar el supuesto riesgo de fuga de Castillo porque tiene varias investigaciones abiertas. En el caso de 

Con esa decisión, Castillo permanecerá en prisión. La tarde del miércoles se venció el plazo de “detención preliminar” de siete días que se le había dictado previamente, pero no salió de prisión puesto que se le prorrogó esa medida por otras 48 horas, mientras se resolvía el requerimiento de prisión preventiva.

El destituido presidente intentó revertir la detención preliminar antes de que culminara, pero el martes la Corte Suprema rechazó el recurso de apelación presentado por su defensa al respecto.

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En esa audiencia, Castillo negó los cargos que se le imputan. “Nunca cometí ningún delito de conspiración ni rebelión”, dijo.

Asimismo, expresó: “Estoy injusta y arbitrariamente detenido, no estoy por ladrón, por violador ni corrupto ni matón”.

Delito de rebelión

Castillo fue detenido la semana pasada tras ser destituido por el Congreso, luego de su intento fallido de disolver el Parlamento y el establecimiento de un gobierno de excepción. Desde entonces, es investigado por el delito de rebelión. 

El juez César San Martín, quien preside la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que negó el recurso de apelación para revertir la detención preliminar, explicó que, si bien no se llegó a un alzamiento en armas —según la perspectiva típica del delito de rebelión—, es “imperante” que Castillo anuncia sus intenciones de cerrar el Congreso, así como intervenir las instituciones del sistema de Justicia.

Además, dijo que “al instaurar un gobierno de emergencia excepcional quería alterar el ordenamiento constitucional y la paz pública”.

 

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