El Congreso de la Ciudad de México aprobó el martes una adición a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia a fin de reconocer e incluir la violencia vicaria como un tipo de agresión.
“Felicito a las diputadas y diputados del Congreso de la Ciudad, por la aprobación de la iniciativa”, escribió en Twitter la gobernadora de la capital, Claudia Sheinbaum.
El dictamen, que fue aprobado con 43 votos a favor y cero en contra, incorpora la fracción X al artículo 6 de la legislación con el fin de visibilizar, prevenir y sancionar esta forma de agresión antes ignorada por las autoridades, destacaron los congresistas.
“A efecto de que las autoridades administrativas y/o judiciales no tengan que requerir la acreditación de un daño, por el contrario, para que, a través de medidas pertinentes de prevención, puedan evitar que este se produzca”, explicó la diputada Polimnia Sierra.
#ÚltimaHora 🚨 | Con 43 votos a favor, las y los diputados del #CongresoCDMX aprobaron incorporar la #ViolenciaVicaria como tipo de violencia de género cometida en agravio de las mujeres. 🧡 pic.twitter.com/DBykVfNsb1
— Congreso de la Ciudad de México (@Congreso_CdMex) November 29, 2022
De acuerdo con la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género del Congreso local, Ana Francis López Bayghen Patiño, la adición de la violencia vicaria a la Ley “permitirá a las autoridades involucradas familiarizarse con ella”, para que en el momento en el que se incorpore a los Códigos Penal y Civil de la Ciudad de México, cuyas reformas están pendientes, pueda castigarse a los responsables y se garantice el acceso a la justicia a las víctimas.
Con esta reforma, la Ciudad de México se convierte en la séptima entidad en el país en incluir a la violencia vicaria como un tipo de agresión de género y en el décimo estado en reconocerla como una forma de violencia.
En marzo de 2022, legisladores del partido Acción Nacional presentaron un proyecto de reforma al Congreso federal para introducir la violencia vicaria a la regulación nacional.
1. ¿Qué es la violencia vicaria?
El Frente Nacional contra la Violencia Vicaria de México define este tipo de agresión como aquella ejercida por un progenitor o intermediario para herir, violentar y controlar a una mujer a través de sus hijas y/o hijos.
De acuerdo con la organización, este tipo de violencia consiste en el menosprecio frecuente de la mujer por parte del agresor frente a sus descendientes, a quienes se les permite hacer lo mismo. En tanto que los perpetradores también suelen influir en sus hijas y/o hijos, en función de sus propios intereses y necesidades, para que adopten actitudes y comportamientos hostiles hacia su madre.
Compartimos la noticia, ya son 9 estados con la Ley Vicaria aprobada… ¡PINTANDO MÉXICO DE MORADO!San Luis Potosí se suma a la lista @Gabymtzlarraga Claudia y CarlaPasos firmes pero sobretodo sin detenernos @cam_cai 💜💜 @jennifermsb@AlexandraVolin@lisicelis#leyvicariapic.twitter.com/FhERJl15ol
— Frente Nacional contra Violencia Vicaria (@FNCVVICARIA) October 26, 2022
Además de dañar, insultar e intimidar directamente a la mujer, los agresores suelen amenazar reiteradamente a la madre con dañar a sus hijas y/o hijos o con llevárselos.
Para atender esta forma de violencia, la asociación propone que se reconozca y regule a nivel nacional, que se realice un estudio profundo que permita visibilizar la gravedad del problema, además de que se implemente una alerta especial cuando los padres sustraigan a sus hijos del país, entre otras propuestas.
2. La reforma aprobada en la Ciudad de México
La reforma recién introducida por el Congreso de la Ciudad de México establece como violencia vicaria a aquella acción u omisión cometida por un intermediario o una persona que esté o haya estado casada, en unión libre, o haya mantenido una relación de hecho, o de cualquier otro tipo, con una mujer a quien busca separar y dañar a través de sus hijas, hijos o de cualquier otra persona vinculada significativamente a ella.
La fracción X adicionada señala que los agresores pueden ejercer esta forma de violencia mediante la retención, sustracción, ocultamiento, abuso, amenaza y/o puesta en peligro de la mujer y sus personas significativas. Además de recurrir a mecanismos legales y no jurídicos para retrasar, dificultar, limitar e impedir la convivencia entre ellos.